Diputados federales aprueban regulación de la subcontratación laboral
La Cámara de Diputados aprobó en lo general las reformas en materia de subcontratación que prohíben esta modalidad laboral, tanto a empresas privadas como al gobierno, salvo en el caso de los servicios especializados.
El dictamen, que recibió 348 votos a favor, 77 en contra y 32 abstenciones, prohíbe la subcontratación de personal, entendiéndose por esto cuando una persona física o moral, proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.
Durante la discusión en el pleno, Manuel Baldenebro, presidente de la Comisión de Trabajo, defendió la iniciativa argumentando que ayudará a erradicar prácticas que perjudican a los trabajadores.
En el caso de los servicios especializados, las empresas deberán estar registradas ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), estar al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
Quienes realicen o presten el servicio de subcontratación sin el registro, recibirán una multa de entre 179 mil pesos y más de 4 millones de pesos.
Antonio Ortega, diputado del PRD, dijo que aunque la iniciativa tiene buenas intenciones, como consecuencia aumentará la informalidad y la desconfianza en las inversiones.
“El aumento de la informalidad y la pérdida de confianza en las inversiones serán una consecuencia natural, y las finanzas públicas resentirán el efecto de la pérdida de empleos y cierre de empresas. La iniciativa tiene buenas intenciones, pero desafortunadamente los resultados serán devastadores”.
Carlos Alberto Valenzuela, del PAN, dijo que más de 4 millones de familias mexicanas quedarán condenadas a la informalidad.
“¿Con qué cara van a voltear a ver a los empresarios? ¿Con qué cara van a voltear a ver a la gente que supuestamente están ayudando cuando pierdan sus empleos por esta mala decisión? Con la aprobación de este dictamen, ustedes, los que votarán a favor, están condenando al desempleo y la informalidad a más de 4 millones de familias mexicanas”.
Las empresas que actualmente laboran bajo este régimen, tendrán un plazo de 90 días naturales para la sustitución patronal y migración de trabajadores.