Avala SCJN la objeción de conciencia

El personal médico puede negarse a practicar un aborto

 

Con ocho votos a favor y tres en contra, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avalaron el derecho a la Objeción de Conciencia, por el cual el personal médico puede negarse a practicar abortos.

Cabe señalar que, únicamente si la vida de la madre se encuentra en riesgo, o por una emergencia médica, los trabajadores sanitarios tendrán la obligación de realizar la interrupción del embarazo.

El proyecto estuvo a cargo del ministro Luis María Aguilar Morales, quien propuso la declaración constitucional de la objeción de conciencia, pero con límites que permitan garantizar el ejercicio del derecho a la salud.

Durante el debate, el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, consideró que ésta no puede reconocerse como parte de la libertad religiosa y que es a las mujeres a las que más afecta.

“No comparto que la Objeción de Conciencia forme parte del núcleo esencial del derecho a la libertad religiosa, ideológica y de conciencia, y por ende, se constituya en un derecho humano con rango constitucional. En el parámetro no están recogidos los estándares interamericanos respecto al derecho a la salud, ni los pronunciamientos internacionales, en cuanto al deber de garantizar la salud sexual y reproductiva. La propuesta carece de perspectiva de género e interseccional, al no reconocer que son las mujeres, personas gestantes, personas de orientación sexual diversa y personas con menos recursos, las que más sufren los impactos del ejercicio de la objeción de conciencia en el ámbito de la salud”, dijo.

Sin embargo, ocho de los 11 ministros consideraron que la Objeción de Conciencia no atenta contra el derecho a la salud de las personas, pues es el Estado mexicano, y no el personal de salud, quien debe cumplir esta garantía.