TEPJF da “luz verde” a acusado de violencia política para aspirar a ser consejero del IEPC

Se trata de Guadalupe Vidal Córdova

Con cuatro votos a favor y uno en contra, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), “dio luz verde” a Guadalupe Vidal Córdova, para que continúe en el proceso para ser consejero del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), pese a haber sido sentenciado por violencia política en razón de género.

En el proyecto presentado por el magistrado Felipe Fuentes, se revocó el acuerdo de la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales del Instituto Nacional Electoral, quien señaló que el actor en mención no podía seguir en el proceso, puesto que no cumplía con los requisitos de elegibilidad, ya que contaba con sanción por violencia política contra la mujer en razón de género.

En este sentido, el magistrado argumentó que la resolución de la autoridad electoral, fue una interpretación incorrecta, porque fue de “carácter administrativo”, y de acuerdo con la Constitución, cuando una persona es sancionada por violencia de género, solamente está impedido para ocupar cargos en el servicio público, siempre y cuando la sentencia esté firme.

“Derivado del proceso de verificación de requisitos legales, el secretario Técnico de la Comisión de Vinculación con los OPLES, le requirió que informara si se encontraba firme la diversa resolución por la que el Consejo Estatal del OPLE en Tabasco, declaró la existencia de violencia política contras las mujeres en razón de género, atribuida a su persona. Fue hasta el momento de dar respuesta al requerimiento, que sí, que contaba con sentencia por violencia en razón de género, pero que no había sido inscrito ni en el Registro Nacional ni en el Registro Local de Infractores”, comentó.

Soto Fregoso consideró que este proyecto ameritaba un análisis más a fondo, y con perspectiva de género, porque dijo, no se puede permitir que personas sancionadas por violencia política contra las mujeres, ocupen cargos en organismos electorales.

“Considero que su resolución amerita un análisis con perspectiva de género, que confirme que es valido que quienes aspiran a integrar a una autoridad electoral local, cumplan con el requisito de no haber sido responsables por la comisión de violencia política contra las mujeres”, agregó.

Por lo anterior, también planteó la necesidad de que sea obligatorio que quienes aspiren a ser parte de una autoridad electoral local, no tengan sentencia firme por violencia política en razón de género, tras recordar que la 8 de 8 tiene como objetivo, prevenir, atender, sancionar, reparar y erradicar la violencia contras las mujeres.