SCJN invalida la ‘Ley Nahle’ en Veracruz; evita que no nacidos en el estado aspiren a la gubernatura
La decisión cerraría la puerta a la secretaria de Energía, la zacatecana Rocío Nahle
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la llamada “Ley Nahle” de Veracruz, que buscaba reconocer como veracruzanos a quienes tengan hijos en la entidad, pese a que no hayan nacido ahí.
La decisión cerraría la puerta a la secretaria de Energía, la zacatecana Rocío Nahle García, para postularse como candidata a la gubernatura de Veracruz.
Con 8 votos, los ministros declararon inconstitucional una porción de la reforma realizada al Artículo 11, fracción III, de la Constitución veracruzana.
El Pleno del máximo tribunal invalidó la porción sobre ser veracruzano al tener hijos nacidos en ese estado, al considerar que se “introdujo un supuesto adicional” para que más personas pudieran cumplir los requisitos para acceder a la gubernatura.
Esto, determinó, “resultaba violatorio de lo dispuesto en el Artículo 116” de la Constitución Federal, el cual prevé que “solo podrá ser gobernador de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor de cinco años”.
En ese sentido, el Artículo 11 conservará la porción sobre la residencia mínima de cinco años. Quedará de la siguiente forma: “Son veracruzanos: … III. Las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano”.
Es importante recordar que la “Ley Nahle” fue presentada a finales de julio de 2022 por la diputada morenista Magaly Armenta Oliveros.
Días después, el 2 de agosto de 2022, la mayoría de Morena en el Congreso de Veracruz la aprobó, y fue publicada el 11 de agosto en la Gaceta Oficial de la entidad.
Durante la discusión, los diputados de oposición criticaron que era una reforma "a modo", con el único fin de que Rocío Nahle se pudiera postular a la gubernatura en 2024.
Ello, pues el cambio garantizaba a las personas nacidas fuera de Veracruz el goce de sus derechos humanos, al amparo de los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.