Revoca TET sanción a Evaristo Hernández por violencia política de género contra Dolores Gutiérrez
Por considerar que estaba indebidamente fundamentado, el Pleno del Tribunal Electoral de Tabasco (TET), revocó la sanción que le impuso el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) al edil de Centro, Evaristo Hernández Cruz, por violencia política en razón de género en contra de la diputada local del PRD, Dolores Gutiérrez Zurita.
El proyecto a cargo de la magistrada electoral Yolidabey Alvarado de la Cruz, señaló que no existían los elementos suficientes para acreditar la violencia política en razón de género contra la perredista, puesto que dijo que de los cinco elementos para determinar este hecho, en dos no se cumplía con los criterios.
“Llego al convencimiento que analizando todo el contexto del caso, el modo y la forma de las expresiones que se hicieron, no son de la naturaleza tal, para configurar la violencia política en razón de género, puesto que esta tiene características muy particulares que se tienen que demostrar”, argumentó.
“En el caso particular, el instituto solamente señala que este elemento se acredita, porque menoscabaron el derecho a ejercer la libre opinión de la diputada local, referente al tema de hidrociclones, literalmente, son dos líneas en este apartado, de análisis de los elementos, en los que señala esta situación, en primero lugar lo que se expone en el proyecto, es que carece de una debida motivación”, agregó.
Por lo anterior, la magistrada electoral sostuvo que las expresiones vertidas por Evaristo Hernández Cruz contra la legisladora, no fueron hechas por el hecho de ser mujer, ni menoscabaron los derechos políticos-electorales de la perredista.
“Nosotros no advertimos que estas expresiones hayan tenido por objeto, menoscabar a la denunciante, en algún derecho político-electoral, mucho menos en la vertiente del desempeño de su cargo, tampoco hay elementos para determinar que se transgredió o afectó su imagen como diputada local, que le haya impedido el efectivo desarrollo y ejercicio de sus prerrogativas propias del encargo como diputada local”, explicó.
Por último, Yolidabey Alvarado de la Cruz enfatizó que como autoridad electoral tiene el deber de velar por los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia, pero reiteró que en este caso, no se acreditaron los elementos, aunque no descartó que siga la cadena impugnativa ante otras instancias.
“Salvo mejor criterio, como siempre decimos, de las autoridades y que sabemos que este asunto va a tener posiblemente, las vías de impugnación, y se tendrá la oportunidad de volver a analizar este tema y finalmente, tomar una decisión en torno a si se acredita o no, la violencia política contra una mujer en razón de género”, apuntó.