Ordena TEPJF al Comité Judicial reactivar en 24 horas selección de candidaturas para elección judicial
El Comité de Evaluación del Poder Judicial tendría poco más de una semana para concluir con el proceso de evaluación
El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aprobó ordenar al Comité de Evaluación del Poder Judicial reactivar –en un plazo de 24 horas- el proceso de selección de candidaturas para la elección judicial que se realizará el próximo 1 de junio.
El proyecto de la magistrada presidenta, Mónica Soto, recibió el respaldo de sus compañeros Felipe de la Mata y Felipe Fuentes, mientras que Janine Otálora y Reyes Rodríguez votaron en contra.
Soto Fregoso argumentó que, cuando existen disposiciones constitucionales, “no puede haber autoridad con competencia o facultades suficientes para evitar que los mandatos de nuestra ley suprema se cumplan en tiempo y forma”.
Po su parte, el magistrado Fuentes Barrera criticó que el Comité del Poder Judicial de la Federación cometió un error al suspender el procedimiento, pues no había una base jurídica para hacerlo.
En tanto el magistrado de la Mata Pizaña, señaló que no pueden desacatar un mandato constitucional sobre un asunto de interés nacional; además de que se dijo a favor de que la Dirección General de Asuntos Jurídicos presente una denuncia ante la FGR derivado del actuar del juez primero de distrito en Michoacán, Sergio Santamaría, por intentar imponer una norma jurídica individualizada por encima del mandato constitucional.
Con este fallo, el Comité de Evaluación del Poder Judicial tendría poco más de una semana para concluir con el proceso de evaluación que consiste en las entrevistas de los aspirantes, después del 31 de enero tendrán que presentar el listado de los candidatos ante el Senado de la República.
En caso de no acatar la resolución del TEPJF podrían recibir una sanción de acuerdo con lo establecido en el artículo 32, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Material Electoral, la cual va desde una amonestación, una multa de cincuenta hasta cinco mil veces la Unidad de Medida de Actualización o Arresto hasta por treinta y seis horas.