Luis Donaldo Colosio Riojas no incurrió en actos anticipados de campaña con sus publicaciones en Facebook: TEPJF
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó dos sentencias de la Sala Regional Monterrey en las que se determinaba que Luis Donaldo Colosio Riojas había incurrido en actos anticipados de campaña, con algunas publicaciones realizadas en Facebook.
Los magistrados coincidieron que en las sentencias no se precisaron las razones que llevaban a considerar que las publicaciones se podrían considerar como un llamado al voto, o que posicionaran al aspirante de forma anticipada al proceso electoral.
Determinaron que la publicación hecha el pasado 30 de enero no contenía manifestaciones explícitas respecto a una finalidad electoral, y que las imágenes publicadas el 27 de febrero, 2 y 3 de marzo, tampoco equivalen a expresiones de apoyo o rechazo hacia una opción electoral. El magistrado presidente José Luis Vargas Valdez, dio lectura al resolutivo.