Javier May no incurrió en actos anticipados de campaña, a como denunció el PRD resuelve el TET

Desecha ordenar al IEPC reponer el Procedimiento Especial Sancionador

El Tribunal Electoral de Tabasco (TET) confirmó el resolutivo del IEPC por el cual se desechó una denuncia que el PRD presentó en contra de Javier May Rodríguez por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña.

En sesión, el TET desechó ordenar al instituto electoral reponer el Procedimiento Especial Sancionador, a como solicitaba la representación del Sol Azteca. 

Es de recordar que el PRD denunció que May Rodríguez estaba utilizando el estatus de precandidato único a la gubernatura del estado por Morena, para promocionar indebidamente su imagen mediante publicaciones y spots de radio y televisión que se difundieron en la red social Facebook.

El Tribunal Electoral confirmó que May Rodríguez no incurrió en actos anticipados a como resolvió el IEPC.

Así le dio lectura la Jueza Instructora, Rossina Guadalupe Jiménez.

"La pretensión del partido actor es que se revoque la resolución del procedimiento especial sancionador, y se declaren existentes las infracciones atribuidas al ciudadano Javier May Rodríguez, en calidad de precandidato único a la gubernatura del Estado y al partido Morena, toda vez que adolece de diversas violaciones entre las que destaca la indebida fundamentación y motivación, así como el incumplimiento al principio de exhaustividad. En el proyecto se propone declarar por una parte infundados y por otra inoperantes, los agravios expresados por el partido recurrente y confirmar la resolución impugnada", declaró.

El proyecto a cargo de la magistrada Margarita Concepción Espinosa Armengol, fue votado a favor por unanimidad.