Gobierno de AMLO publica Código de Ética
Va contra la corrupción, la discriminación y el acoso sexual
La Secretaría de la Función Pública (SFP) publicó, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Código de Ética de la Administración Pública Federal, con el que se busca combatir la corrupción, la discriminación y el acoso sexual y laboral.
El código en comento prohíbe que se realicen o toleren actos de hostigamiento sexual o acoso sexual, con independencia del sexo, identidad o expresiones de género, características u orientaciones sexuales de las personas involucradas en tales casos.
Los servidores públicos deberán evitar conductas tales como:
- Tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual, como tocamientos, abrazos, besos, manoseo, jalones.
- Hacer regalos, dar preferencias indebidas o notoriamente diferentes o manifestar abiertamente o de manera indirecta el interés sexual por una persona.
- Llevar a cabo conductas dominantes, agresivas intimidatorias u hostiles hacia una persona para que se someta a sus deseos o intereses sexuales, o al de alguna otra u otras personas.
- Espiar a una persona en su intimidad, o mientras ésta se cambia de ropa o está en el sanitario.
- Condiciona la obtención de un empleo o ascenso, su permanencia en él, o las condiciones del mismo, a cambio de aceptar conductas de naturaleza sexual.
- Condicionar la prestación de un trámite, servicio público o evaluación, a cambio de que la persona usuaria, estudiante o solicitante acceda a sostener conductas sexuales de cualquier naturaleza.
- Expresar comentarios, burlas piropos o bromas hacia otra persona, referentes a la apariencia o a la anatomía con connotación sexual, bien sean presenciales o a través de algún medio de comunicación.
- Realizar comentarios, burlas o bromas sugerentes respecto de su vida sexual o de otra persona, bien sean presenciales o a través de algún medio de comunicación.
- Expresar insinuaciones, invitaciones, favores o propuestas a citas o encuentros de carácter sexual.
- Preguntar a una persona sobre historias, fantasías o preferencias sexuales o sobre su vida sexual.
- Exhibir o enviar a través de algún medio de comunicación, carteles, calendarios, mensajes, fotografías, audios, videos, ilustraciones u objetos con imágenes o estructuras de naturaleza sexual, no deseadas ni solicitadas por la persona receptora.
- Difundir rumores o cualquier tipo de información sobre la vida sexual de una persona.
- Expresar insultos o humillaciones de naturaleza sexual, y
- Mostrar deliberadamente partes íntimas del cuerpo a una o varias personas.
Así mismo, el documento publicado resalta que los servidores públicos deberán preservar la imagen institucional de su cargo, inclusive fuera del horario y espacio laboral.