Deudores alimentarios no podrán ser candidatos, casos de violentadores se revisarán anuncia el IEPC

Así lo adelantó la consejera presidente del IEPC

La Ley 3 de 3 sí se aplicará en el próximo proceso electoral y de entrada los deudores alimentarios no podrán ser candidatos, mientras que en el caso de los inscritos en el padrón de violentadores se estudiará cada caso particular, adelantó la consejera presidente del IEPC, Elizabeth Nava.

Explicó que, se suprimió de la convocatoria para la elección de los cargos locales, lo relacionado con la aplicación de la Ley 3 de 3, para dar paso a los lineamientos específicos que se emitirán en la materia.

No obstante, adelantó, que en el caso de los inscritos en el padrón nacional de violentadores de género, sólo se podría impedir el registro de aquellos a los que un Juez les haya dictado como sanción la suspensión de sus derechos políticos electorales o la inhabilitación para ocupar cargos públicos.

Asimismo, adelantó que se ha convenido con el Poder Judicial que una vez que reciba la solicitud de registro de un candidato, se les dará vista para que hagan una revisión de si existe alguna sentencia en firme por pensión alimenticia, para hacer el cotejo respectivo.