Declara IEPC inexistencia de actos de violencia política de Beaurregard hacia Katia

No libró sanción por publicar sin permiso imágenes de niños

 

 

 

Con los votos en contra de las consejeras Rosselvy Domínguez y María Elvia Magaña, el Consejo Estatal del IEPC, determinó la inexistencia de actos de violencia política de la excandidata a gobernadora del PRI-PAN, Lorena Beaurregard de los Santos contra la diputada local del PVEM, Katia Ornelas.

De igual forma se declaró la inexistencia de la falta del deber de cuidado para con sus candidaturas, atribuida a los partidos aliados.

 

“En el proyecto se soslaya y pasa de inadvertido que la denunciante es una mujer política en el ejercicio de un encargo público y que si bien nos encontramos en la etapa medular del proceso electoral eso no justifica las expresiones realizadas.

“En otra entrevista que no se incluyó como prueba en la presente resolución la denunciada llama a la quejosa trepadora y desleal, calificativo que desdibuja las capacidades de la quejosa, desconocen su trayectoria y la proyectan como una mujer interesada y desagradecida, lo cual de ninguna manera puede estar justificado bajo la libertad de expresión”, refirió.

De igual forma, la consejera, María Elvia Magaña, dijo ver en el caso una evidente violencia política, por lo que su voto fue en contra del proyecto.

No obstante, en otro procedimiento Especial Sancionador, en su contra, el denominado PES/023/2024 y su acumulado PES/029/2024 el IEPCT declaró el incumplimiento de Beaurregard de los Santos a las disposiciones electorales.

Lo anterior, al considerar que, incurrió en la divulgación de propaganda electoral que vulnera el interés superior de la niñez por lo que se le impuso una multa de 100 UMAS equivalentes a 10 mil 857 pesos.

De igual forma, por la omisión en el deber de cuidado del PRI-PAN que la postularon mediante la candidatura común “Fuerza y Corazón por Tabasco”, se hicieron acreedores a una multa de 60 UMAS equivalentes a 6 mil 514 pesos.