Concluye TET revisión de impugnaciones de la elección a diputados locales
Recuerda que el plazo que marca la ley para terminar con dicha revisión fue este 30 de julio
El Tribunal Electoral del Tabasco (TET) concluyó con la revisión de las impugnaciones presentadas contra los resultados en la elección de diputaciones locales.
En la sesión pública de este martes, el órgano electoral dictaminó los últimos recursos de inconformidad presentados sobre el proceso de votación para diputados de mayoría relativa.
Es de mencionar que a partir de ahora el TET se dedicará a resolver las impugnaciones presentadas contra los resultados de la elección a la gubernatura, pues la fecha límite para dictaminar es el 15 de agosto.
En la sesión de este martes, los magistrados resolvieron por unanimidad de votos validar la elección de diputado local de mayoría relativa del Distrito 2 con cabecera en Cárdenas, así como los resultados del acta de cómputo distrital respectiva y la entrega de la constancia de mayoría a la fórmula postulada por Morena.
También confirmaron el acta de cómputo distrital y declararon la validez de la elección de diputaciones de mayoría relativa del Distrito 3 con sede en Cárdenas, así como el otorgamiento de la constancia de mayoría a la fórmula postulada por Morena.
Asimismo, los magistrados confirmaron los resultados contenidos en el acta de cómputo distrital, la declaratoria de validez de la elección de diputación local de mayoría relativa del Distrito 1 con cabecera en Cárdenas, así como la constancia de mayoría a la fórmula registrada por el PVEM y Morena.
De acuerdo con los proyectos, el TET resolvió que eran inoperantes ni fundadas las causales en los tres casos
Finalmente, desecharon la demanda interpuesta por la entonces candidata de Morena a la alcaldía de Jalapa, a través de la cual controvirtió la resolución emitida por el Consejo Estatal del IEPC, en la que se declaró el incumplimiento a los lineamientos para la protección de los derechos de niños y adolescentes en materia político-electoral.
El TET resolvió que la interposición del medio de impugnación resultó extemporánea.