SCJN invalida norma de NL sobre derecho a la vida desde la concepción
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una porción normativa del Artículo 1º de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, que establecía la tutela del derecho a la vida “desde el momento de la concepción”.
La norma determinaba que, desde la concepción, se estaba bajo la “protección de la ley” y se reputaba “como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural”.
Los magistrados reiteraron que las entidades federativas carecen de competencia para definir el origen de la vida humana, el concepto de “persona” y la titularidad de los derechos humanos.
“Si bien el producto de la gestación merece una protección que se incrementa con el tiempo, a medida que avanza el embarazo, ello no puede desconocer los derechos a la libertad reproductiva y, en particular, el derecho a interrumpir el embarazo en determinados supuestos”, determinó.
Las acciones de inconstitucionalidad 41/2019 y 42/2019 de esta norma fueron promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Nuevo León.
Es importante recordar que desde septiembre de 2021, la Suprema Corte declaró inconstitucional que los estados protejan en sus leyes el derecho a la vida desde la concepción y que castiguen con cárcel a quienes aborten.