Avala SCJN eliminar unilateralmente contenidos de internet por derechos de autor

Se trata del nuevo sistema conocido como “notificación y retirada”

 

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que las plataformas digitales puedan eliminar unilateralmente contenidos de internet cuando supuestamente se violen los derechos de autor, y previa notificación

Se trata del nuevo sistema conocido como “notificación y retirada”, previsto en la reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) y el Código Penal Federal (CPF), con la que se ajustó la legislación nacional al Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC).

Asimismo, que podrán tomar “medidas razonables” para prevenir que el mismo contenido se vuelva a subir.

El Pleno de la Suprema Corte determinó que ello no viola derechos humanos de libre expresión, seguridad jurídica y debido proceso. Incluso refirió que resulta una medida necesaria a efecto de proteger los derechos de autor.

 

RECHAZA ARTÍCULO 19 LA DECISIÓN

Tras el fallo, la organización Artículo 19 sentenció que el máximo tribunal “no estuvo a la altura de la protección de la libertad de expresión y el derecho a la información”.

Lamentó “que haya validado mecanismos de censura en internet contemplados en la Ley Federal del Derecho de Autor”, y dijo que, sin duda, ello “manda un mensaje de desprotección por parte del Poder Judicial a los derechos humanos”.