Pierde ASF juicio por casi 20 mdp contra exsecretario de Finanzas de Javier Duarte
Debido a que resolución de ASF se notificó de manera tardía, pues habían pasado ya 5 años y 26 días de la conducta irregular, la cual prescribió al cumplir un lustro.
La Auditoría Superior de la Federación (ASF) perdió un juicio en contra de Mario Audirac Murillo, exsecretario de Finanzas del exgobernador de Veracruz, Javier Duarte, a quien pretendía cobrarle un resarcimiento por 19.7 millones de pesos que había desviado del sector Salud en la entidad.
De acuerdo con información de Milenio, los magistrados del Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) determinaron, por unanimidad, declarar la nulidad de la resolución de la ASF.
Por notificarlo 26 días después del plazo de 5 años“Se analiza el primer concepto de impugnación, en el que la actora hace valer que se actualizó la prescripción de las facultades de la autoridad para fincarle la responsabilidad resarcitoria, resolviéndose fundado dicho argumento, toda vez que transcurrió en exceso el plazo de cinco años para que se configurara la prescripción de las facultades de la autoridad”, señaló.
Recordó que la conducta irregular que se le atribuyó a Audirac Murillo fue por solicitar, de forma indebida, a través de oficios, en su carácter de secretario de Finanzas, al entonces director general del Régimen Estatal de Protección Social en Salud de Veracruz, transferencias de recursos de programas estatales y federales.
Lo anterior, a efecto de que los mismos fueran invertidos en diversos instrumentos financieros a una cuenta bancaria a nombre del Gobierno del Estado de Veracruz, lo cuales se comprometió a reintegrar, a la brevedad, con los beneficios generados.
“Conducta irregular que como la autoridad reconoce reiteradamente en su oficio de contestación de demanda, es de consumación instantánea, toda vez que se relaciona con un acto que se consuma en un solo momento; razón por la cual, de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, se considera que el cómputo de los cinco años para la prescripción de las facultades de la ASF para fincar responsabilidades resarcitorias, comienza el día hábil siguiente a aquel en que se causó el daño a la Hacienda”, indicó.