Es inconstitucional extinción de FIDECINE: SCJN

Considera que es una violación a los derechos de participación cultural y libre manifestación de ideas

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la extinción del Fondo de Inversión y Estímulos al Cine (FIDECINE), al constituir una violación a los derechos de participación cultural y libre manifestación de ideas.

En su fallo, la Primera Sala explicó que la eliminación del FIDECINE “implica un acto legislativo con un retroceso no justificado” y un menoscabo “injustificado en los derechos a la participación cultural y de libre manifestación de ideas”.

Ello, ya que las razones dadas por el Poder Legislativo, como la utilización de recursos para afrontar la crisis sanitaria por el COVID-19 y la existencia de supuesta opacidad en el uso de recursos, “son vagas y carecen de una fundamentación puntual dedicada a justificar por qué específicamente el fideicomiso, con sus garantías de ley, debía extinguirse”.

En su demanda, la empresa afirmó que la derogación del fideicomiso implicaba un perjuicio a los derechos a la participación cultural, a la libertad de expresión y suponía una violación al principio de no regresividad de los derechos humanos. 

El Juez de Distrito sobreseyó en parte el juicio y negó la protección constitucional. En desacuerdo, la quejosa interpuso un recurso de revisión, mismo que fue remitido a la Suprema Corte, y que finalmente declaró la inconstitucionalidad de la medida.