Ratifica TET medidas cautelares contra "El Chelo" Cano por obstaculizar campaña de una de sus contendientes

También se deja sin efecto las medidas cautelares ordenadas por el IEPC en contra de Jorge Bracamontes

Ratifica TET medidas cautelares contra "El Chelo" Cano por obstaculizar campaña de una de sus contendientes

El pleno del Tribunal Electoral de Tabasco (TET) ratificó las medidas cautelares emitidas por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) en contra del candidato independiente por la alcaldía de Cunduacán, Jesús Abraham Cano.

El organismo electoral había ordenado al presidente municipal con licencia retirar la propaganda que cubre los promocionales de la abanderada de Morena, María de la Cruz López, además de bajar fotos de una cuenta de Facebook dedicada al apoyo de Cano González.

Por lo que, la magistrada presidenta Margarita Concepción Espinosa Armengol, destacó que no tenía razón el quejoso al señalar que los ciudadanos tenían la libertad de colocar las propagandas como deseen, debido a que aún no se estudia el fondo del tema, ni se está prejuzgando.

"-Magistrada presidenta le informo que el proyecto de la cuenta fue aprobado por unanimidad de votos- en consecuencia, en el juicio de la ciudadanía TET-JDC-28/ 2024-1 se resuelve, único, se confirman las medidas cautelares emitidas por la Comisión en el acuerdo de fecha 09 de abril de 2024", expuso.

De igual forma se desechó un recurso de apelación presentado por Jesús Abraham Cano en la que buscaba contravenir el acuerdo presentado por la Secretaría Ejecutiva del IEPCT, que desechó la denuncia que presentó contra María de la Cruz López, candidata de Morena a la alcaldía de Cunduacán, esto al considerarse que es inoperante.

También, el pleno del TET, confirmó por unanimidad el acuerdo emitido por la Secretaría Ejecutiva del IEPCT, en el procedimiento especial sancionador, que desechó la denuncia interpuesta en contra de una candidata a la presidencia municipal de Tenosique y del Partido del Trabajo por "cupa in vigilado", es decir, por el uso indebido de propaganda electoral con colores de Morena.

"En consecuencia, en el recurso de apelación se resuelve, primero se declaran infundados e inoperantes unos y fundados pero inoperantes otros agravios planteados por el actor. Segundo, se confirma en lo que fue materia de impugnación el acuerdo del 10 de abril, emitido por la Secretaria Ejecutiva del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco, en el procedimiento especial sancionador por el que se desechó la denuncia en contra de Sandra Beatriz Hernández Jiménez, candidata a la presidenta municipal de Tenosique...", apuntó.

Asimismo, se revocó el acuerdo emitido por la Secretaría Ejecutiva del IEPCT en el procedimiento estatal sancionador, en el que se hizo efectiva una medida de apremio al candidato a la diputación local en el distrito 9 por el partido morena, Jorge Bracamontes, ante el incumplimiento de una medida cautelar.

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